Nos adscribimos a tres tareas fundamentales para la comunidad educativa de Apoyo y Asesoramiento, Atención a la diversidad y Orientación Académica y Profesional.

 

Recomendamos que leas toda la información que te dejamos en esta página para conocer las actividades del Departamento de Orientación. Si sigues teniendo dudas, pincha en el botón inferior y haznos llegar tus preguntas.

Más Información

Las funciones del Departamento de Orientación se adscriben a tres tareas fundamentales:

  1. Apoyo y asesoramiento a las tutorías.
  2. Atención a la diversidad para todo el alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.
  3. Orientación académica y profesional a los miembros de la comunidad educativa.

El Departamento de Orientación está integrado por:

  • Profesorado que imparte los Módulos Profesionales asociados a los bloques comunes de Comunicación y Sociedad y de Ciencias Aplicadas en los Programas Específicos de Formación Profesional Básica.
  • Profesorado que imparte los Módulos Profesionales asociados a los bloques comunes de los ciclos de Formación Profesional Básica.
  • Profesorado que imparte los Módulos Profesionales asociados a unidades de competencia profesional en la especialidad de Agraria.
  • Profesorado de apoyo al alumnado sordo e hipoacúsico.
  • Dos orientadores/as, siendo uno/a Jefe/a del Departamento.
  • Intérpretes de Lengua de Signos.
  • Monitor/a para alumnos con discapacidad motórica no independiente.

Dependen del Departamento de Orientación las enseñanzas de los Programas Específicos de Formación Profesional Básica.

Los Programas formativos destinados a colectivos con necesidades educativas especiales se denominarán Programas Específicos de Formación Profesional Básica. Tendrán como objeto dar continuidad en el sistema educativo al alumnado con necesidades educativas especiales que, teniendo un nivel de autonomía personal y social que le permita tener expectativas razonables de inserción laboral, no pueda integrarse en un ciclo formativo de Formación Profesional Básica, cuente con un desfase curricular que haga inviable la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o el título Profesional Básico y pueda alcanzar cualificaciones profesionales asociadas al perfil profesional del título. En todo caso, la incorporación del alumnado a estos Programas, se determinará expresamente en el consejo orientador.

Conviene distinguir entre ciclos formativos de Formación Profesional Básica (a la finalización de los mismos y tras superación se obtiene el título de FP Básica que faculta para poder acceder a Ciclos Formativos de Grado Medio vinculados así como, transitoriamente y según decida el equipo docente, a la obtención del Graduado en Educación Secundaria) y los Programas Específicos de Formación Profesional Básica, ya que estos últimos certifican académicamente pero no titulan. También acreditan unidades de competencia para poder consolidar títulos de FP Básica y certificados de profesionalidad.

Podrá acceder a los Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica el alumnado que cumpla simultáneamente los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en el que se inician estas enseñanzas.
  2. Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la referida etapa.
  3. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo formativo de Formación Profesional Básica.

Podrá acceder a los Programas Específicos de Formación Profesional Básica el alumnado con necesidades educativas especiales que cumpla los siguientes requisitos:

    1. Tener cumplidos dieciséis años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecinueve años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en el que se inician estas enseñanzas.
    2. No haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
    3. Contar con un Consejo Orientador, elaborado según normativa vigente, del curso en el que estuviera matriculado el alumno o la alumna y en el que se proponga expresamente esta opción formativa.

Por otro lado, al ser centro autorizado para la integración de alumnado sordo e hipoacúsico, depende del Departamento de Orientación el apoyo a dicho alumnado.

En 1985, el IES La Rosaleda, presenta un Programa pionero de Integración que se ha ido perfeccionando a lo largo de los años. Los niños sordos y las niñas sordas, o bien llegaban a nosotros desde el colegio específico para sordos, o bien de colegios estatales donde habían estado “integrados” sin un programa concreto que atendiera a sus necesidades reales.

Nuestro centro cuenta con recursos materiales y humanos para la integración de alumnado con deficiencia auditiva en cualquiera de las modalidades educativas ofertadas.

El alumno o alumna con deficiencia auditiva asiste, según características individuales, a sus clases, donde se integra, tanto si padece hipoacusia como sordera profunda. Recibe clases de apoyo, dentro y/o fuera de su aula ordinaria, gracias a la intervención de profesores de secundaria especialistas en la intervención de alumnos con esta discapacidad. En el caso de dominar la lengua de signos, el alumnado dispone de intérprete como recurso comunicativo dentro del aula para una eficaz comunicación con el profesorado y con sus compañeros y compañeras oyentes.

Contacta con Nosotros

Si tienes alguna duda ponte en contacto con nosotros a través del siguiente formulario.