Desde junio de 2020 la solicitud de títulos se realiza en la Secretaría virtual de los centros docentes andaluces.

Esta herramienta desarrolla los cuatro pasos que hasta la fecha se venían realizando.

  1. Comprobación de que la persona interesada ha obtenido el título que solicita.
  2. Generación del impreso de tasas 046 y posibilidad de abonarlo a través de una pasarela de pago.
  3. Suministro de un justificante del abono de las tasas que tiene los efectos del título hasta el momento en que éste se elabore (un par de años).
  4. Grabación en la aplicación de gestión docente Séneca de la solicitud efectuada.

Os dejamos un manual para ayudaros en el trámite.

Si tienes cualquier duda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Lee con atención toda la información acerca de las convalidaciones ya que eso permitirá que no te crees falsas expectativas sobre convalidaciones que no proceden y que, las que procedan, se resuelvan con mayor celeridad.

Lo primero que hay que tener claro es que solo se convalida formación reglada. Salvo escasas excepciones, estudios correspondientes a títulos regulados por el Ministerio de Educación. Podemos distinguir tres tipos de convalidaciones:

Convalidaciones de módulos LOGSE o LOE por módulos LOE

Todas estas convalidaciones aparecen recogidas en este Real Decreto del Ministerio de Educación y Formación Profesional. La dirección solo puede convalidar lo que aparece ahí.

Recomendamos que descargues el .pdf y, utilizando el buscador, localices lo que quieres convalidar y compruebes que efectivamente se encuentra en las tablas de la orden.

Este es el IMPRESO que debes presentar en secretaría.

Nota. En el caso de que tengas otro ciclo y hayas empezado en segundo, porque primero está entero convalidado, no hace falta que hagas nada, porque la convalidación la realizamos de oficio.

Convalidaciones de FP I y FP II y de estudios universitarios

Estás convalidaciones las resuelve el Ministerio y, en el caso de los estudios universitarios, debes aportar los programas de las asignaturas sellados por la universidad.

La resolución de estas convalidaciones suelen tardar meses, a veces se producen en el tercer trimestre y no hay ninguna forma de saber si serán favorables o no. Debe quedar claro que se asume un riesgo si se deja de asistir a clase en algún módulo, porque después la convalidación podría resultar desfavorable.

Este es el IMPRESO que debes presentar en secretaría.

Tanto el certificado de estudios, como los programas de las asignaturas, en su caso, los debes adjuntar escaneados (no fotografiados) y en .pdf. Puedes dirigirte a la fotocopiadora para realizar el escaneado de los documentos.

Como el expediente debe ser enviado al Ministerio, la fecha tope para entregar la documentación es el 5 de octubre.

Reconocimiento de módulos LOE por módulos LOE

Este tipo, en realidad, no es una convalidación sino un reconocimiento de nota y procede cuando los módulos tienen el mismo nombre y el mismo código. Lo hace el sistema informático de oficio. No hay que presentar nada.

Plazo: Primera semana de clase.

La ampliación de matrícula está prevista en formación profesional oferta completa para aquel alumnado que cursa 15 horas o menos en el primer curso.

Solo es posible si:

  1. Las horas totales de los módulos en los que se esté matriculado, tras la ampliación, no es superior a 1.000 horas lectivas.
  2. El horario lectivo de los módulos es compatible, según el plan de centro, no se solapan más del 20% de las horas y que tenga el visto bueno del equipo educativo (firma tutor).
  3. Hay plazas disponibles en el segundo curso.
  4. Debido al Plan de Prevención de la covid-19, la ampliación debe producirse en el mismo turno en el que se está matriculado.

El procedimiento para solicitar la ampliación es sencillo, debes cumplimentar y entregar esta solicitud a tu tutor/a.

Para solicitar la exención se debe estar matriculado en el centro y acreditar, tanto para la exención total como para la parcial, una experiencia laboral equivalente al trabajo a tiempo completo de, al menos, un año, que permita demostrar que la persona solicitante tiene adquiridos los resultados de aprendizaje del módulo profesional de formación en centros de trabajo.

La solicitud de exención se presentará al menos un mes antes de la fecha de la entrega de notas de la evaluación previa a la FCT o con la matrícula en el caso del alumnado que realice las prácticas en el primer trimestre.

La justificación de la experiencia laboral se realizará con los siguientes documentos:

  1. Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
    1. Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría
      laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
    2. Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del
      contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
  2. Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
    1. Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
    2. Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
  3. Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
    1. Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

 

La renuncia de la matrícula en formación profesional se solicita con este formulario que debe entregarse en el centro o enviarse firmado digitalmente.

Los motivos que establece la normativa son tres:

  1. Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna.
  2. Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo.
  3. Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

Cualquier de los tres motivos tendrá que ser justificado documentalmente.

La renuncia hasta el 50% de los módulos profesionales de la matrícula se solicita con este formulario que debe entregarse en el centro o enviarse firmado digitalmente.

Los motivos que establece la normativa son tres:

  1. Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna.
  2. Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo.
  3. Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

Cualquier de los tres motivos tendrá que ser justificado documentalmente.

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